El blog de los profesionales del mundo editorial

Categoría Copyright

¿Hacia el equilibrio entre los derechos de autor y los derechos del consumidor?

Lunes 12 de Julio de 2010

Como su nombre indica, el DRM o Digital Rights Management (Gestión de derechos digitales) está pensado para proteger los derechos de autor de la piratería y del uso indiscriminado de los libros digitales. Se trata de un código incrustado en los archivos digitales que sólo permite acceder a su lectura a los usuarios autorizados, es decir -y simplificando-, a aquellos que han comprado el libro.

El problema del DRM para los compradores estriba en que supone un límite a la libre disposición del libro comprado: sólo se podrá descargar el archivo digital el número de veces que autorice la empresa propietaria del DRM. Así, por ejemplo, en el caso del DRM de Adobe, los compradores de un libro pueden descargárselo sólo en 6 dispositivos.

¿Qué significa esto? Que nuestra compra tendrá fecha de caducidad. Hago mi primera descarga en mi pc (porque es desde donde compro el libro) y la segunda en un e-reader. Al cabo de unos meses, me compro un nuevo e-reader, y poco tiempo después cambio de pc. Por supuesto, transfiero mis archivos. Llevo 4 descargas. En los próximos años probablemente vaya renovando mi parque de e-readers, tablets y de pcs, sin embargo, llegará un momento en que ya no podré transferir los libros digitales y tendré que comprarlos de nuevo.

Entonces, como propietario legítimo -y muy enfadado- de los archivos digitales comprados, ¿puedo romper el DRM para disfrutar sin límites de mi compra? Legalmente no.

Esta prohibición puede suponer una vulneración de mis derechos como consumidor, sin embargo está avalada por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) a través de la WIPO Copyright.

Así pues, es sorprendente el nuevo giro que la Lei de Direito Autoral de Brasil da al uso del DRM y del que nos enteramos vía ActuaLitté.com.

Según esta ley, los compradores de un libro digital con DRM están autorizados a romper éste. Y aún se va más allá: los titulares de los derechos de autor que añaden DRM para restringir su uso podrán ser multados. Así pues, en virtud del artículo 107, que introduce este nuevo concepto, no sólo será legalizada la elusión de las medidas tecnológicas de protección de los archivos digitales, sino que se sancionará el intento de obstaculizar el ejercicio de los derechos del consumidor, que merece tanto respeto como el autor.

Arte. 107. Independentemente da Perda dos equipamentos utilizados, Por danos e Responder perder, Nunca Inferiores ao valor da Aplicação hacer eso resultaria disposto no hay arte. 103 e seu parágrafo Único, quem:

I – alterar, suprimir, aplazar o inutilizar Modificar Qualquer de maneira, Dispositivos Técnicos das Obras exemplares introduzidos nuestro e Produções párr Evitar Protegidas o Copia sua restring;

II – alterar, inutilizar o aliminar de Qualquer maneira, hueso Sinais codificados Destinados una restring ao Público una comunicação de Obras, o emissões Produções Protegidas o Evitar una Copia sua;

III – o simplemente eliminar alterar, sem Autorização, Qualquer informação sobre a Gestão de direitos;

IV – Distribuir, párr importår Distribuição, emitir, o Comunicar puser Disposição hacer Público, sem Autorização, Obras, o execuções interpretações, exemplares fixadas interpretações º de fonogramas emissões em, Sabendo que un informação sobre a Gestão de Direitos, e Dispositivos Sinais codificados foram suprimidos o Alterados Técnicos Autorização semana.

Nos parece una medida excesiva, sin embargo, aplaudimos la iniciativa de intentar acercar los derechos de autor y consumidor a un plano de igualdad.

Probablemente se pueda encontrar un punto que llegara a satisfacer a unos y a otros, pero para eso hay que sentarse y hablar. Y no dar por sentado que todo internauta lleva dentro un pirata.

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Informe sobre los derechos de autor en el proceso de digitalización (Reino Unido)

Lunes 07 de Junio de 2010

Economics copyright



La Strategic Advisory Board on Intellectual Property -SABIP- (Consejo consultivo estratégico para la propiedad intelectual) ha publicado un informe titulado “The Economics of Copyright and Digitisation: A Report on the Literature and the Need for Further Research” (“La economía del derecho de autor y la digitalización: Un informe sobre la literatura y la necesidad de más investigación” ).

“El Consejo consultivo estratégico para la propiedad intelectual (SABIP) ha encargado este informe con el fin de completar su programa de investigación. El informe realiza una revisión crítica de la literatura económica empírica y teórica sobre los derechos de autor y copia no autorizada. Sobre la base de esta literatura, este informe también identifica las cuestiones más destacadas de la política de derechos de autor en el proceso de digitalización, y formula preguntas concretas que deben dirigirse a la elaboración de políticas de derechos de autor.

Los trabajos teóricos de economistas sobre los derechos de autor han generado un marco general en el que estudiar los efectos del derecho de autor en el bienestar social. La literatura identifica una serie de costes y beneficios asociados con los derechos de autor. Es probable que la digitalización afecte el equilibrio alcanzado por el régimen de derechos de autor existentes, y la investigación empírica es necesaria para detectar las repercusiones en el nivel adecuado de protección de derechos de autor. Hasta ahora, los estudios empíricos daban como mucho respuestas parciales, pero pueden proporcionar un marco útil para futuras investigaciones. El progreso parece posible, sobre todo si se dispone de mejores datos.

Este informe pone de relieve dos cuestiones que destacan la especial necesidad de proseguir la investigación con el fin de informar la política de derechos de autor:

1. ¿Cómo afecta a la copia digital a la oferta de obras con derechos de autor?

2. El sistema de derechos de autor ¿supone un obstáculo a los aspectos deseables de la transición tecnológica? “

El informe completo está disponible para su descarga.

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“Contra la vulneración de los derechos de autor en Internet”: la postura de CEDRO

Viernes 11 de Diciembre de 2009

CEDRO( Centro Español de Derechos Reprográficos) ha publicado una nota exponiendo su postura ante la Ley de Economía sostenible. Sus argumentos son razonables, pero muy limitados: tratan la ley de forma parcial, olvidando todo lo relativo a la protección de la privacidad de los internautas y las muy criticables atribuciones de la Comisión de la propiedad intelectual.

Cedro_informe dchos autor



“Contra la vulneración de los derechos de autor en Internet”

En el anteproyecto de ley de Economía Sostenible, presentado hace unos días por el Gobierno y todavía pendiente de tramitación parlamentaria, se proponen una serie de medidas contra la utilización no autorizada en la red de obras y prestaciones protegidas por el derecho de autor (libros, películas, música, etc…)

Entre las medidas propuestas se encuentra la de que la Comisión de Propiedad Intelectual, órgano administrativo dependiente del Ministerio de Cultura, podría iniciar una serie de actuaciones para interrumpir la actividad de las páginas web en las que se vulneran los derechos de propiedad intelectual.

- Los autores y editores de libros, revistas y periódicos se ven afectados por  la piratería en Internet. Las obras de nuestros representados son  reproducidas y descargadas ilícitamente de la red al igual que otro tipo de obras protegidas por el Derecho de Autor.

- CEDRO apoya la iniciativa del Gobierno de luchar contra la vulneración real  y creciente de los derechos de propiedad intelectual en Internet. Ninguna de  las medidas propuestas supone actuaciones contra los usuarios, como las presentadas en otros países.

- Es imprescindible un pacto de Estado entre todas las fuerzas políticas para que la comunidad intelectual no esté sometida a vaivenes políticos, partidistas  o económicos. Se trata de un acuerdo imprescindible y urgente, dado que la propiedad intelectual es motor de innovación, para garantizar el desarrollo sostenible de la cultura, la educación y el conocimiento científico en nuestro país, que es a su vez fuente  de riqueza en términos educativos y culturales y en términos económicos y de empleo. Los países más avanzados y con mayores niveles de democracia son los que más y mejor protegen la propiedad intelectual.

-  Los principios vigentes de la propiedad intelectual son válidos tanto para el ámbito analógico como para el digital. Es por ello por lo que son necesarios instrumentos que garanticen a los autores y editores que sus obras no van a ser utilizadas fraudulentamente en la red.

- CEDRO expresa su compromiso con todos los derechos y libertades de los ciudadanos, y entre ellos de forma destacada el derecho a la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información y la cultura. Al mismo tiempo, CEDRO señala que no pueden invocarse estos derechos para justificar actos de vulneración de los derechos de propiedad intelectual. Ambos derechos son perfectamente compatibles, y luchar contra la vulneración de la propiedad intelectual no tiene por qué significar atentar contra ningún derecho individual reconocido en el ordenamiento jurídico español.

- La facilidad de acceso a todo tipo de servicios en Internet no justifica las expectativas de «cultura gratis». ¿Por qué existe esta expectativa  de la gratuidad  respecto de los libros y otro tipo de obras de creación, y no existe sin embargo  en relación con los productos y servicios que se utilizan para acceder a ellos (ordenadores, conexión a Internet, etc.)? Esto quizá sea el reflejo de la  escasa valoración social de la creación y la cultura.

-  Además de  apoyar la iniciativa del Gobierno  —en la confianza de que, con las modificaciones que se consideren oportunas, obtenga un respaldo mayoritario en el Parlamento—, CEDRO considera fundamental la formación y concienciación en materia de propiedad intelectual.  Como muestra de este compromiso,  nuestra Entidad promovió hace unos años los programas educativos Es de libro (www.esdelibro.es) y Educar para crear (www.educarparacrear.org). Por otra parte,  CEDRO también considera necesario brindar a los usuarios una amplia oferta legal para el acceso a las obras en formato digital, como la que autores y editores de libros y publicaciones periódicas, y CEDRO mediante sus licencias (www.conlicencia.com), están ya proporcionando o desarrollando.

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La piratería de libros en España, vista desde fuera

Miércoles 25 de Noviembre de 2009

pirateria_libros_espana

Hoy Publishing Perspectives publica un artículo de portada en el que concluye, tras la reciente Feria del Libro Digital,  que la evolución del e-book en España aún está vista como en fase beta vista desde fuera. Añaden como bonus una nota sobre el estado legal de la libre distribución de copias de libros digitalizados en España. Os lo traducimos en su integridad:

¿Son las dificultades de España ante la piratería un tema sólo legal?
Por Emily Williams

En España es sabido y aceptado por todos que el país tiene lo que posiblemente sea el peor caso de piratería digital en Europa y que los españoles podría estar entere los mayores infractores del mundo. Andreu Teixidor, ex presidente del sello editorial Destino, una división de Editorial Planeta y panelista en la reciente Feria del Libro Digital, llamó “vergonzosa” a la carencia de protección a la propiedad intelectual e indicó que España es el segundo país en el mundo en piratería, luego de China. La creencia en la particular perfidia del consumidor español es citada de forma frecuente por los editores cuyo miedo a la piratería y al rampante contenido compartido vía P2P ha estado cerca de paralizar el movimiento de la industria en el terreno de los ebooks. ¿Este miedo es justificado? ¿Realmente los jóvenes españoles son unos flagrantes quebranta-leyes?

“¡Claro que no!”, dice Francisco Ros, Secretario de Estado de Telecomunicaciones, y quien repite que la idea que grafica a España como líder en piratería es una “leyenda urbana” e insiste “no hay datos objetivos” que demuestren que España tiene más piratería que otros países de la UE.

Pero, al otro lado del debate tenemos a…  Estados Unidos.

Una sesión especial sobre “Protección de Derechos de Propiedad Intelectual” tuvo lugar en la feria y ofreció presentaciones de la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos así como la presencia de representantes del Reino Unido, Frnacia, Alemania y Suecia. Durante la sesión, el representante español, Agustín González García, señaló que el Reporte Espacial 301 realizado por la Alianza Internacional para la Propiedad Intelectual (IIPA, por sus siglas en inglés) ubicó a España fuera de ” monitoreo especial”. La IIPA es una coalición procedente del sector privado construida por productores de contenido estadounidenses —estudios de películas, editores,compañías de música y desarrolladores de software — que ha sido criticada en el pasado por la parcialidad de sus ratings de los esfuerzos de otros países en lo referente a protección de derechos de autor.

Aún así, uniéndose al coro este año tuvimos al Caucus Internacional Antipiratería, cuya lista para observación coloca a España junto a China, Rusia, México y Canadá.  El Caucus condena la política del gobierno español que “ha despenalizado el intercambio ilícito P2P” así como “la inadecuada implementación de los requisitos de la UE respecto a los proveedores de Internet” que ha hecho “insostenible” la situación de los poseedores de derechos de autor en España, y llama al gobierno a realizar alguna acción.

La discusión, entonces, parece ser más sobre el marco legal que con los consumidores y, con todo el respeto al deseo de todo país en ser los mejores en algún aspecto, ubicar a los españoles que comparten archivos en red por delante de piratas de categoría mundial operativos en países como Rusia e  Indonesia podría ser una leve exageración.

Pues sí, los usuarios españoles que comparten datos en red no son, ni de lejos, los delincuentes internacionales que la SGAE y Ángeles González-Sinde se empeñan en perseguir sugiriendo reducir la velocidad de la conexión o cobrando multas por utilizar una canción bajada de internet para amenizar una boda. El gobierno hace poco acaba de garantizar la conectividad de 1MB  para todo el territorio español, algo en lo que Finlandia se adelantó a toda Europa. La diferencia está en que Finlandia plantea ofrecer 1MB en 2010 que se convertirán en 100MB para 2015. ¿Hacemos lo mismo en España?

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10 posibles palos en la rueda de los eReaders

Martes 24 de Noviembre de 2009

Vía Tendencias21 llegamos a este artículo de Computerland que enumera ocho razones por las que los eReaders podrían tenerlo difícil para lograr el éxito. No estamos de acuerdo con algunas, en todo o en parte, así que las copiamos y las comentamos, y añadimos dos más:

1. El precio de los eReaders: el eReader más barato cuesta actualmente unos 135 euros, aunque se espera que este precio baje hasta los 100 dólares (67 euros) para las navidades del año que viene, y que incluso se quede en 50 dólares (unos 35 euros) en 2015. Lógicamente, esta rebaja, junto con otras mejoras técnicas de los aparatos, provocaría el aumento de las ventas.

Si es cierto que en 2015 un eReader costará 35 euros, ¿dónde se supone que está el problema? Será más caro llevar una tarde a la familia al cine que comprarse un dispositivo de lectura.

2.  El precio de los libros digitales. Según Computerworld, muchos libros electrónicos cuestan en su lanzamiento alrededor de 10 dólares (6,73 euros).

Y los hay mucho más caros. No vamos a entrar aquí en el tema del precio, porque da para muchos posts, pero posiblemente el valor añadido que aporten los editores a los libros digitales justifique un sobre precio. Otra cosa es que pretendan vendernos libros digitales sólo un 10% más baratos que en la versión en papel.

3. Los smartphones, teléfonos inteligentes, cuya tecnología de presentación de textos podría llegar a mejorar hasta el punto de que los usuarios no necesiten comprar un dispositivo específico de lectura electrónica.

Por ejemplo, la compañía Verizon ha lanzado recientemente el Droid smartphone, con una pantalla de 10 centímetros con alta resolución que podría competir con los e-readers. Por otro lado, actualmente ya la tienda de aplicaciones Apple suministra libros para descarga y lectura a través del iPhone, de manera gratuita.

En este punto estamos totalmente de acuerdo: los smartphones sí pueden llegar a ser una seria amenaza para los eReaders. De hecho, los libros son la aplicación más descargada en la Apple Store, y las cifras de lectura a través de Stanza son impresionantes.

4. La tablet computer de Apple, un ordenador a medio camino entre ordenador portátil y PDA que podría llegar al mercado a principios de 2010. En ella se podrá escribir a través de una pantalla táctil, pero también leer textos de libros, periódicos y revistas, posiblemente todo en color. Aunque no será de bolsillo, esta computadora ligera permitiría una lectura cómoda que podría hacer olvidar la posibilidad de un eReader.

A pesar de no utilizar tinta electrónica, es cierto que la tablet de Apple se presenta como un serio competidor para todos los eReaders, y eso que su existencia no ha pasado de ser un rumor. Si las previsiones se cumplen, y la rumorología acierta, antes de seis meses la tablet saldrá al mercado, y son muchos los adictos a mac que están deseosos de adquirirla.

5. Los escritores más conocidos. El autor de best-sellers John Grisham, así como J.K. Rowling, autora de las novelas de Harry Potter, ya han prohibido que sus obras aparezcan en versiones digitales, a pesar del éxito obtenido por Dan Brown con la versión digital de su novela El símbolo perdido (Planeta, 2009).

Si los usuarios de la tecnología e-reader no pueden acceder a todos los libros más populares con ella, sin duda el mercado de esta tecnología decaerá, afirman los expertos.

Así es. Sin embargo, tenemos seria dudas de que los autores se mantengan mucho tiempo en su negativa a la digitalización. Dos serán las razones que les harán cambiar de opinión: por una parte, que al estar fuera de catálogo digital, sus libros serán pirateados por aquellos que no desean la versión en papel; por otra, que sus editores se ocuparán de convencerlos cuando vean la porción del pastel que están perdiendo (Money makes the World go arround)

6. Los derechos digitales. Cuanto más crezca el mercado de libros electrónicos, esta cuestión se volverá cada vez más importante, y pueden surgir problemas relacionados con el derecho de copyright de sus autores.

Ya están surgiendo problemas con los derechos de autor. Sin embargo, también es cierto que los editores ya han espabilado y están incorporando la digitalización a todos los nuevos contratos.
Otra historia es la de los derechos por países, un problema para las librerías online, que no pueden vender todos los libros en todas partes. La única solución sería que la contratación de los derechos sea global, es decir, deslocalizada geográficamente.

7. Los contenidos abiertos: si los libros electrónicos están protegidos por diversas leyes de copyright y formatos de publicación electrónica, resulta obvio que los lectores de libros digitales no podrán sustituir su librería física por una digital, al menos de momento.

El problema de los formatos está prácticamente solucionado gracias a dispositivos que lo leen prácticamente todo y a que se aprecia cierta ventaja del ePub frente a MobiPocket.
Lo que puede suponer un problema grave, lejos de ser apreciado por los editores y los autores, es la protección del texto a través de DRM (digital rights management). No se puede poner puertas al campo, señores.

8. Bibliotecas y pequeñas librerías: aunque se cree que el e-reader y los libros digitales pueden potenciar la lectura, también son percibidos por muchos bibliotecarios y libreros con reticencia, por considerar esta tecnología como una amenaza para lo que ellos ofrecen.

Esta afirmación es válida para los libreros, que en su mayoría ven el libro digital como una enorme amenaza, pero no para los bibliotecarios, que llevan años trabajando con catálogos digitales (libros científicos y académicos) y conocen la situación. De hecho, a través de la Fundación Sánchez Ruipérez se ha lanzado el proyecto Territorio e-book, que estudia una fórmula de préstamos bibliotecario de libros digitales.


Por nuestra parte, añadiríamos:

9. La imposibilidad de reproducir color es uno de los problemas más graves que por el momento tienen los eReaders. La tecnología de tinta electrónica que usan los actuales modelos es en blanco y negro, lo que la hace válida únicamente para la lectura de libros basados sólo en el texto.

Probablemente este problema quede subsanado en poco tiempo, pero mientras tanto hará que dispositivos multifunción como la tablet de Apple ganen terreno.

10. La conectividad wi-fi. Aquí queda un largo camino por recorrer, al menos mientras las empresas de telefonía y los fabricantes de dispositivos no lleguen a un acuerdo. Y si hay que echar la culpa a alguien del retraso que supone el no poder hipervincular los textos ni sincronizar lecturas ni bajar libros sin conexión al pc, nosotros la cargamos contra las empresas de telefonía móvil, que no ven negocio suficiente para justificar las tarifas planas y demás medidas necesarias. Así que, de momento, habrá que conformare con la ventaja ofrecida por Kindle.

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No muerdas la mano que te da de comer (o la paradoja de Amazon)

Martes 21 de Julio de 2009

ladron-de-libros

Ayer fue una de las noticias del día: en un ataque de pánico de su departamento legal, Amazon retiró de los Kindle de sus usuarios dos títulos de George Orwell porque la editorial que los había subido a la librería no tenía los derechos. Lo hizo de noche, sigilosamente, sin aviso previo y colándose en los dispositivos de lectura de sus clientes.

Devolvió el dinero, pero ¿justifica esto su actuación? En el mundo real, una acción similar (el librero colándose de noche en casa del cliente para llevarse Rebelión en la granja dejando un billete de 20 € pegado en los imanes de la nevera) se consideraría allanamiento de morada, violación de la intimidad y apropiación indebida, con los agravantes de premeditación, nocturnidad y alevosía. Pero es que en el mundo real existe una legislación que tipifica estos comportamientos.

También hubo reincidencia. A pesar de que las alarmas saltaran ayer, las quejas de usuarios que han visto borrados sus Iibros de Kindle llevan en los foros desde principios de año.

Pero aún hay más. El Kindle 2 permite subrayar páginas y tomar notas de la lectura. Las anotaciones pueden trasladarse al ordenador personal o permanecer en el Kindle. Si pierdes el dispositivo de lectura, pierdes tus notas; si se borra el libro digital, también pierdes tus notas. Por lo tanto, si Amazon te borra el libro, también borra tus notas. El usuario puede reclamar por la pérdida de su trabajo, incluso demandar a Amazon, pero ¿con qué pruebas, si se ha borrado todo?

La paradoja está servida: Amazon vulnera los derechos de sus lectores para proteger los derechos de los autores. Un gran error táctico departamento legal de Amazon, que está mordiendo la mano que le da de comer. Quizá evite hoy pagar indemnizaciones a los poseedores del copyright, pero si descuida y maltrata a sus clientes corre el riesgo de perderlos.

Las editoriales y librerías piden protección contra la piratería. Los autores claman por sus derechos. ¿Pero quién protege al lector?

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El copyright menos restrictivo incentiva la producción cultural

Lunes 22 de Junio de 2009

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Hace unos días leíamos, vía la web chilena Derechos Digitales, el ensayo de Felix Oberholzer-Gee y Koleman Strumpf, economistas de la Escuela de Negocios de la Universidad de Harvard titulado “File sharing and copyright” (Compartir archivos y derechos de autor). El ensayo concluye que el uso compartido de archivos de contenidos culturales (música, films, libros), no ha desalentado la producción cultural, sino que en algunos casos (como en el de la industria musical), ésta se ha incrementado.

Si bien las ventas de álbumes en general han disminuido desde 2000, el número de álbumes que se ha creado ha tenido un explosivo aumento. En el año 2000, 35.516 discos fueron liberados. Siete años más tarde, se publicaron 79.695, incluyendo 25.159 álbumes digitales (Nielsen SoundScan, 2008).

Tendencias similares se pueden ver en otras industrias creativas. Por ejemplo, en todo el mundo el número de largometrajes producidos cada año ha aumentado de 3.807 en 2003 a 4.989 en 2007 (Screen Digest, 2004 y 2008).

Para los autores está claro que el uso de archivos compartidos es una práctica que ha debilitado los derechos de autor y cuya irrupción ha forzado un cambio en los modelos de negocio tradicionales.  Sin embargo, no ha desalentado la producción de contenidos culturales. Por el contrario, un copyright menos restrictivo otorga un mayor acceso del público a las obras y, por lo tanto, beneficia a la sociedad.

¿Cómo lograr que los autores, editores y productores en general no vean vulnerados sus derechos y al mismo tiempo incentivar la creación y difusión cultural en un entorno que, como el digital, se mueve bajo la filosofía de compartir? Quizá sea necesario un cambio de mentalidad que implique usuarios respetuosos del derecho (e ingresos) de los creadores de la música, libros o películas que consumen, e industrias culturales sensibles al público en red.

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¿Y si leer un cuento en voz alta fuera un delito?

Viernes 13 de Febrero de 2009

Una de las funcionalidades que incorpora el nuevo Kindle 2 de Amazon es la lectura automática del texto. Si no se tienen ganas de leer, basta con presionar Read-to-Me para activar la función text to speech (“texto a voz”), que nos leerá en voz alta el libro, blog, revista o periódico que hayamos seleccionado. No es nada original, porque Adobe Reader lleva años ofreciéndola en su programa con el nombre “Leer en voz alta”, aunque, por lo que hemos podido escuchar, la locución es mucho más agradable.
 
Algunos editores y agentes estadounidenses no han reaccionado favorablemente a esta opción y, según un artículo de The Wall Street Journal, “han expresado su preocupación acerca de esta característica nueva y experimental que lee textos en voz alta con voz generada por computador”. Y Paul Aiken, director ejecutivo de Authors Guild, ha declarado a este periódico que “no tienen el derecho para leer el libro en voz alta; éste es un derecho de audio que se deriva a la ley de copyright”. 

Estamos de acuerdo con los portavoces de Amazon en que se está confundiendo la función Read-to-Me con un audiolibro, ya que la grabación de una lectura llevada a cabo por un humano expresamente para su venta no es lo mismo que la conversión electrónica de texto en sonido.  Y no olvidemos que, como propietaria de Audible, empresa distribuidora de audiolibros, Amazon es la primera interesada en no hacerse competencia a sí misma, y encima sin beneficios directos.  

Por otra parte, si la función de lectura en voz alta vulnerara los derechos de autor, por analogía todos los clubes de lectura del mundo estarían cometiendo ilegalidades, los parvularios estarían formando futuros delincuentes y el oficio de Cuentacuentos tendría que prohibirse o estar sujeto a un canon por cuento contado. Quién sabe si la SGAE acabará encontrando aquí una fuente de ingresos.

Probablemente, dentro de poco las lecturas generadas por un programa informático alcanzarán tal perfección que puedan ser equiparadas a un audio libro en cuanto a calidad. Éste podría ser un nuevo modelo de ingresos para las editoriales, que tendrán una nueva cláusula que negociar con los autores, pero de momento la función de lectura automática es una comodidad más que ofrece el Kindle, comparable a aumentar el tamaño de la letra para facilitar la lectura. Quizá los editores estadounidenses harían mejor en preparar el futuro que en gastar energías aferrándose a un presente que muy pronto será pasado.

El video demostrativo del funcionamiento del Kindle 2 ofrece un ejemplo de cómo suena un texto leído con Read-to-Me. Os aconsejamos verlo entero, pero si no tenéis paciencia, encontraréis el text to speech el el minuto 1:10.

 

 

 

 

De las declaraciones a The Wall Street Journal nos hemos enterado a través de Publico.es

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Los editores de prensa belgas vuelven a llevar a Google a juicio

Viernes 30 de Mayo de 2008

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Google News (Google Noticias para España y Latinoamérica) es un agregador de noticias que muestra, organizados por temas, los titulares del día de muchos medios informativos. Un servicio más de los muchos que Google ofrece a sus usuarios.

Hace ya un año (febrero de 2007), los periódicos belgas, a través de Copiepresse, la sociedad gestora de sus derechos, denunciaron lo que ellos consideraban un abuso de Google: publicaba sus artículos en caché e indexaba sus contenidos sin respetar el copyright, y ganaron el juicio correspondiente. Google tuvo que dejar de publicar las noticias que aparecían en los periódicos belgas.

Copiepresse lleva desde entonces intentando llegar a un acuerdo con Google sobre lo que creen que es una consecuencia lógica del uso de su material, es decir, quieren que Google les pague por los años que estuvo mostrando sus noticias. Como no lo han logrado, han vuelto a demandar a Google, a quien piden una indemnización de entre 32 y 49 millones de euros. El juicio retrasaría su inicio hasta el próximo septiembre, dado que el plazo que hay que respetar en los EEUU para responder a una citación es de dos meses.

Como dice The Enquirer, “Google siempre ha asegurado que su caché y Google News sólo utilizan material legal. Sin embargo, en Estados Unidos se ha visto ya en la obligación de pagar a las mayores agencias de noticias internacionales como AP y AFP para no ir a juicio por utilizar sus reportajes.”

Vía Libertad Digital y The Enquirer

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